ALFIN ARGENTINA

La alfabetización informacional pone como centro a la persona, de modo que la utilización de las tecnologías deben ser incorporadas como herramientas de comunicación y producción.

06 abril, 2013

LA ALFABETIZACIÓN INFORMACIONAL COMO DERECHO HUMANO

En el artículo La alfabetización informacional como derecho humano Paul Sturges y Almuth Gastinger "analizan la ALFIN a partir del desarrollo de programas de Alfabetización Informacional que puedan ayudar al desarrollo personal del individuo a través del acceso y uso de la información. Partiendo de una línea de razonamiento basada en la idea del derecho a la información, sostienen que los profesionales disponemos de enormes posibilidades por explotar en el campo de la Alfabetización Informacional."* 


Resumen: Se puede argumentar que existe una relación entre el derecho a la libertad intelectual (argumento pasivo) propuesto por el Artículo 19 de la Declaración Universal sobre los Derechos Humanos de las Naciones Unidas y la consecuente responsabilidad por parte de los gobiernos, los profesionales y los defensores de los derechos civiles de crear (argumento activo) las condiciones idóneas para el ejercicio eficaz de la libertad intelectual. Cada vez más los analistas del papel de los medios de comunicación en la sociedad y de la responsabilidad social de la informática también están llegando a conclusiones de este tipo, resaltando la importancia tanto de la alfabetización mediática como de la alfabetización en informática. Obviamente, este argumento nos lleva a analizar el planteamiento que los profesionales de la información se hacen de los cursos sobre alfabetización de información que actualmente imparten. Aunque existen muchos programas de alfabetización informacional que son muy completos, éstos, hasta ahora, se basan, en su mayor parte, en lo que los profesionales piensan que son las necesidades prácticas de los usuarios. Sin embargo, se puede interpretar que las declaraciones de tipo general como, por ejemplo, la Declaración de Praga “Hacia una Sociedad de la Alfabetización Informacional” del 2003 y la Proclamación de Alejandría del 2005 empiezan a apuntar hacia una justificación de las actividades de la alfabetización informacional basadas en los derechos humanos, en concreto en el artículo 19. El argumento es que si se parte de una perspectiva basada en los derechos humanos podemos llegar a una interpretación sólida de la alfabetización informacional que incluya la alfabetización mediática, la alfabetización en informática, la alfabetización en la web y, hasta cierto punto, la alfabetización cívica, desarrollando de este modo un modelo que responde a las necesidades humanas más que a las prioridades establecidas por los profesionales de la información.
En este artículo se destaca el valor de este planteamiento tanto en la práctica como para la investigación.


*Sturges, Paul; Gastinger, Almuth. LA ALFABETIZACIÓN INFORMACIONAL COMO DERECHO HUMANO.Anales de Documentación, vol. 15, núm. 1, 2012, pp. 1-14. Universidad de Murcia. Espinardo, España